Periódico digital, joven, libre e independiente.
Fundado el 24 de noviembre de 2006 en Osuna (Sevilla).
¿Quién no ha alquilado un coche en algún viaje que ha realizado? A veces necesario para llegar desde la ciudad donde aterrizamos hasta la que tenemos prevista alojarnos, o en otras ocasiones utilizado como medio de transporte para conocer distintas ciudades o realizar diferentes rutas, los alquileres de coches están hoy a la orden del día, y por ello es conveniente estar informados de cuáles son nuestros derechos y obligaciones como consumidores.
En primer lugar, son tres los requisitos para alquilar un coche:
Carnet de conducir en vigor
Otorgar fianza
Documento nacional de identidad o pasaporte en vigor
De igual manera, la compañía puede reservarse algún requisito adicional, como puede ser una edad mínima preestablecida (en algunos casos los 21 años).
Unido a esto último, el tipo de seguro que usualmente se suele pedir es a terceros, pero al igual que en los requisitos, la entidad puede pedir otro tipo más allá.
Sin embargo, y aunque parezca que el poder de la empresa puede moverse en un baremo un tanto amplio, requiero estar muy atentos tanto al contrato como al estado del coche, ya que los principales ‘’quebraderos’’ de cabeza vienen por ambos.
En cuanto al contrato, es muy importante que se contemple toda la información detallada, como:
La información básica del vehículo
La cobertura del seguro, anteriormente explicada
Fecha y lugar de devolución
Número e identificación de los conductores
Y por supuesto, el estado y/o desperfectos que pudiera tener el coche. Y es que es muy importante, antes de firmar observar y verificar con detenimiento todo el coche, ya que si se firma el contrato, se acepta lo que se establece en el documento y aunque la carga de la prueba le compete a la entidad, con el consentimiento dado todo se tornaría más difícil.
Juan Manuel Maldonado León
Abogado
